25 de mayo de 2018

¿Qué prohíbe el reglamento de tránsito a Motos?


Es necesario -incluso obligatorio- que como motociclista conozcan el Reglamento de Tránsito, en especial, deben estar al tanto de los artículos que tienen que ver con las obligaciones y beneficios que se tienen al conducir una motocicleta.

Las motocicletas están sujetas a las normas generales para la circulación. Y en ese sentido, el Artículo 21 del Reglamento de Tránsito habla directamente de las prohibiciones que tienen los conductores de motos. Conócelo:

Se prohíbe a los conductores de motocicletas:

  • I. Circular sobre las aceras y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones; salvo que el conductor ingrese a su domicilio o a un estacionamiento, debe desmontar;
  • II. Circular por vías ciclistas exclusivas;
  • III. Circular por los carriles confinados para el transporte público de pasajeros;
  • IV. Circular entre carriles, salvo cuando el tránsito vehicular se encuentre detenido y busque colocarse en el área de espera para motocicletas o en un lugar visible para reiniciar la marcha, sin invadir los pasos peatonales;
  • V. Circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado cuando utilicen vehículos menores a 250 centímetros cúbicos;
  • VI. Circular en vías en las que exista señalización vial que expresamente restrinja su circulación, carriles centrales y segundos niveles de vías de acceso controlado.
  • VII. Hacer maniobras riesgosas o temerarias, cortes de circulación o cambios abruptos de carril que pongan en riesgo su integridad y la de terceros;


Otros artículos del Reglamento de Tránsito

Existen otros artículos que hablan de las prohibiciones que tienen los conductores de motos. Son puntos importantes para los vehículos de dos ruedas, donde se hace mención directa a los motociclistas. Conócelos y evita sorpresas.

Cabe apuntar que la multa de esta infracción va de 5 a 10 veces la Unidad de Cuenta (hasta $755) y un punto a la licencia.

En tanto, el Artículo 33 especifica que en aquellas zonas en donde haya parquímetros, las motocicletas deben estacionarse en los lugares designados para estos vehículos, de lo contrario podrán ser inmovilizadas.

Por su parte, el artículo 37 (fracción III, inciso C) apunta que los motociclistas deberán circular todo el tiempo con las luces traseras y delanteras encendidas. Y agrega que se deben usar aditamentos luminosos o bandas reflejantes en horario nocturno, de lo contrario serán multados.

Otro punto a destacar por los motociclistas del Reglamento de Tránsito es que transportar pasajeros menores de 12 años o a uno entre el conductor y el manubrio representa una infracción.

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